¿En qué casos se puede rescatar un plan de pensiones anticipadamente?

Los planes de pensiones están pensados para el ahorro a largo plazo, no son productos financieros que tengan liquidez. Pero existen algunas excepciones que permiten al partícipe disponer de ese dinero antes de llegar a la jubilación.

Por las características especiales que presentan, los planes de pensiones son uno de los productos más recomendados entre las personas que quieren ahorrar ahora para tener en el futuro una prestación que complemente a la pensión de su jubilación. Estos productos financieros no tienen liquidez, ya que su finalidad es que sean rescatados cuando la persona llegue a su jubilación. Sin embargo, la ley permite a los partícipes y/o a sus familiares recuperar el dinero acumulado en el plan antes de alcanzar la jubilación si se dan una serie de circunstancias excepcionales. Son las siguientes:

– Incapacidad laboral. Si el partícipe presenta una incapacidad laboral permanente o total para desempeñar la profesión que ejerce en la actualidad, o si tiene alguna incapacidad o gran invalidez que le impide realizar cualquier profesión. En ese caso, para poder retirar el dinero de manera anticipada el solicitante deberá presentar una resolución administrativa y judicial que reconozca su situación.

– Enfermedad grave. El partícipe también puede disponer del dinero acumulado y sus intereses, siempre y cuando demuestre a través de un certificado médico de la Seguridad Social o de una entidad concertada que tiene una dolencia física o psíquica que no le permite desarrollar su profesión habitual al menos durante un periodo mínimo de tres meses.

– Muerte. En el caso de que el partícipe fallezca, el plan de pensiones pasa a sus herederos (beneficiarios) y éstos en ese momento pueden decidir si desean rescatar el dinero o mantenerlo.

– Dependencia. Si el participe se encuentra en una situación permanente de dependencia derivada por razones de la edad, de una enfermedad o discapacidad y precisa de la atención de otra persona o de ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria.

– Desempleo. Las personas desempleadas que no cuenten con ninguna prestación contributiva también tienen la posibilidad de rescatar su plan de pensiones de manera anticipada. Para ello deberán acreditar que se encuentran en una situación de desempleo de manera involuntaria y que están dados de alta como demandantes de empleo en el SEPE.

– 10 años o más de antigüedad del plan de pensiones. A partir de 2025, los partícipes que lleven más de 10 años con su plan de pensiones podrán rescatarlo.

 

La normativa, que se introdujo en 2015, permite la recuperación del dinero aportado durante ese periodo en el plan, siempre y cuando hayan transcurrido 10 años desde la primera aportación.

Además de estas excepciones, del 14 de marzo hasta el 14 de septiembre de 2020, a consecuencia de la crisis económica derivada por el coronavirus, el Gobierno de España aprobó a través de un real decreto ley un supuesto excepcional de liquidez que permitía rescatar los planes de pensiones con unas limitaciones establecidas en ese real decreto.

Con todos estos supuestos extraordinarios que contempla la ley se pretende dotar a los planes de pensiones de mayor liquidez en aquellas situaciones de “emergencia” en las que, por razones lógicas, el partícipe y/o sus familiares necesitan disponer del dinero invertido de manera inmediata para poder hacer frente a sus gastos.